Localizaciones
Lanzarote ofrece innumerables atractivos para convertirse en plató de rodaje: sus paisajes son diversos y atractivos, playas blancas y negras, paisaje volcánico, pueblos con encanto, acantilados, carreteras, y puertos deportivos a muy poca distancia entre ellos.
Conexiones
Desde el aeropuerto internacional de la isla, operan diariamente vuelos de tan solo dos horas y media a Madrid y de cuatro a las principales capitales europeas.
Clima
Los cielos claros y despejados y las escasas precipitaciones favorecen los días soleados y con muchas horas de luz. En verano, prácticamente no hay lluvias y en invierno, solo llueve una media de tres días por mes.
En Lanzarote tenemos más de 3.000 horas de sol al año, siendo las Islas Canarias con más de 4.800 horas de luz al año el lugar con más horas de luz de Europa. Este fenómeno de días largos y soleados se debe a su situación geográfica y a la beneficiosa influencia de los vientos alisios y del anticiclón de las Azores.
Oferta hotelera
Una excelente infraestructura hotelera y de servicios: más de 50.000 camas en establecimientos de tres, cuatro y cinco estrellas y hoteles considerados de los mejores de Europa.
Incentivos fiscales y ayudas
Las Islas Canarias gozan de un régimen fiscal específico debido a su lejanía geográfica del resto de España. Para promover el desarrollo económico y social del archipiélago, las islas ofrecen una serie de atractivas ventajas fiscales que se aplican con éxito para la producción audiovisual.
La aprobación del nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF) (1) , que entró en vigor el primero de enero de 2015, incide en las ventajas fiscales a las producciones audiovisuales que se realicen en el Archipiélago.
El REF canario aumenta en 20 puntos porcentuales las deducciones de la Ley del Impuesto de Sociedades (2) para las producciones audiovisuales y un 80% los límites. Por tanto, en Canarias el incentivo para producciones españolas pasa del 18-20% de deducción por inversión con un límite de 3 millones de euros de deducción al 38-40% de deducción con límite de 5,4 millones de euros. Y el incentivo para producciones extranjeras que se fijó en un 15% de deducción directa y un límite de 2,5 millones de euros de deducción, en Canarias es del 35% de deducción con un límite de 4,5 millones de devolución.
(1) Real Decreto-ley 15/2014, de 19 de diciembre, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
(2) Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)
La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) constituye, junto con la Zona Especial Canaria, uno de los principales incentivos del REF (Régimen Económico y Fiscal de Canarias), para el sector audiovisual en Canarias. Es un beneficio fiscal que permite reducir de forma muy amplia, la tributación directa de las empresas radicadas en Canarias y tiene como objetivo global el incentivar la inversión, la creación de empleo y la diversificación de la economía canaria.
Este incentivo fiscal posibilita una reducción en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de hasta un 90% del beneficio no distribuido a través de la dotación de una Reserva Especial para Inversiones (RIC). El beneficio no distribuido debe proceder de establecimientos situados en Canarias sin que, en ningún caso, la aplicación de la reducción pueda determinar que la base imponible sea negativa.
Desde 2007, se pueden invertir fondos de la RIC en la realización de producciones audiovisuales en Canarias, que obtengan el sello de “obra canaria” otorgado por el Gobierno de Canarias, previo cumplimiento de una serie de requisitos que tratan de garantizar tal condición.
La dotación de la RIC debe materializarse, entre otros, a los siguientes supuestos:
- Adquisición de activos fijos.
- Suscripción de acciones o participaciones en el capital de sociedades que inviertan en Canarias.
- Inversión en fondos de inversión y sociedades de capital riesgo que reviertan en la economía canaria.
- Desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i).
- Suscripción de títulos valores o anotaciones en cuenta de Deuda Pública Canaria.
Los recursos con los que las empresas doten a la RIC deben invertirse en el plazo máximo de 3 años, a contar desde la fecha de devengo del impuesto correspondiente al ejercicio de la dotación.
Más info en: www.gobiernodecanarias.org
La Zona Especial Canarias (ZEC)
Lanzarote cuenta con un régimen de baja tributación denominado Zona Especial Canaria (ZEC). Se trata de un incentivo fiscal autorizado por la Comisión Europea en el año 2000, para promover el desarrollo económico y social del archipiélago.
La ventaja estrella es tributar a un tipo impositivo muy reducido del 4% en el impuesto de sociedades en vez del tipo general del 30% vigente en España. También se incluyen otras ventajas y exenciones en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) y en la Repatriación de dividendos para empresas no residentes.
Los requisitos para acogerse a la ZEC son:
- Creación de una nueva empresa.
- Inversión mínima de 100.000 € (en islas no capitalinas es de 50.000 €) en activos fijos materiales e intangibles en un período de dos años desde que se registre la empresa ZEC.
- Creación de 5 puestos de trabajo (en islas no capitalinas es de 3 puestos de trabajo) en los seis primeros meses de la actividad, manteniendo este promedio anual durante toda la vigencia de la empresa en la ZEC.
- Que al menos uno de los administradores resida en Canarias.
- Que las actividades a realizar estén autorizadas (las actividades del sector audiovisual lo están).
Para más información pueden consultar la página web www.zec.org, o llamar al teléfono +34 928 490 505